La
sociedad limitada es una sociedad mercantil con capital integrado por
aportaciones de sus socios y dividido en participaciones. Cada socio limitado
es el único responsable en caso de bancarrota del dinero que él o ella
inviertan en el negocio. Por otro lado, en el caso de la sociedad ilimitada,
los socios son responsables no solo del dinero invertido en el negocio, sino
también de sus activos individuales los
cuales están en riesgo.
Ventajas:
*Responsabilidad
frente a acreedores limitada al capital social y a los bienes a nombre de la
sociedad.
*Relativa
sencillez en cuanto a trámites burocráticos, tanto en la constitución como en
el funcionamiento, con una gestión más sencilla que la de una sociedad anónima.
*El
nº de socios es el mínimo posible, uno, por lo que puede ser unipersonal.
*Con
una sociedad, el autónomo puede fijarse un sueldo y desgravarlo como gasto.
*Las
sociedades tienen mayor facilidad de acceso al crédito bancario ya que a los
bancos les ofrecen una mejor información sobre su funcionamiento y además el
hecho de ser Sociedad suele ofrecer una mejor imagen.
Inconvenientes:
*Las
participaciones no son fácilmente transmisibles. Su venta queda regulada por
los estatutos de la sociedad y la Ley, teniendo prioridad los restantes socios.
Por tanto no es una forma adecuada si se quiere captar a un gran número de inversores.
*La
constitución de una sociedad limitada suele llevar una media de 40 días, por lo
que si necesitas darte de alta de forma inmediata para empezar a ejercer una
actividad, es mejor hacerlo como autónomo.
*Si
para obtener la financiación necesaria el banco nos pide garantías personales,
la responsabilidad limitada se está “evaporando” en gran medida.